Organización y protocolo

Una vez analizada por los Servicios Sociales la unidad familiar o de convivencia y detectada la problemática en materia de vivienda, se derivará a la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda que  llevará a cabo un análisis más detallado que ayude a evaluar en qué fase y qué riesgos contempla ese expediente.

Dada la limitación de medios físicos y humanos, así como presupuestarios, en el caso de que los servicios sociales del Ayuntamiento de Sevilla entiendan que la unidad familiar o de convivencia que acuda a la OMDV cuenta con medios suficientes para ser atendidos por entidad distinta, el personal de la oficina municipal se verá obligado a rechazar este asesoramiento, destinando sus esfuerzos a personas en peor situación.

En función del resultado del análisis realizado, se emitirá un dictamen sobre la necesidad o no de dar acceso a los distintos servicios que se prestarán desde la OMDV a esa unidad familiar o de convivencia, ya sean psicológicos, sociales, jurídicos o de asesoramiento financiero y/o técnico.

Fijada la estrategia de actuación, se intervendrá a la mayor brevedad posible, realizando entrevistas tanto telefónicas como presenciales con las partes implicadas en el problema, así como preparación de escritos y documentación a ser presentada por la unidad familiar o de convivencia.

La Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) está formada por tres unidades, que desempeñarán la siguientes funciones:

A.      UNIDAD DE PREVENCIÓN.

Esta Unidad desarrollará cuatro servicios fundamentales:

  1. Servicio de asesoramiento para la contratación de préstamos hipotecarios:
    Este servicio asesorará tanto para la ayuda en la búsqueda de productos interesantes económicamente, como para informar sobre las ventajas y desventajas de contratar hipotecas en más o menos tiempo, las condiciones aparejadas a cada producto, las obligaciones de cada contratación, etc.
    En definitiva, facilitará a las personas el conocimiento de sus derechos y de las precauciones a adoptar para la formalización de un crédito hipotecario.
  2. Servicio de asesoramiento e intermediación para evitar la interposición de demandas por las entidades financieras:
    Este servicio irá dirigido a las personas que, siendo titulares de un crédito hipotecario y cumpliendo determinados requisitos necesiten información de las posibilidades y de las consecuencias derivadas de un posible impago de las cuotas de crédito.
    También irá dirigido a aquellos ciudadanos que pretenden encontrar una solución con la entidad financiera para conseguir mejores condiciones y continuar pagando las cuotas del crédito.
    Asimismo será necesario para aquellos casos en los que habiendo dejado de pagar las cuotas de crédito sin que la entidad financiera haya interpuesto demanda de juicio de desahucio, se realice un trabajo de orientación e intermediación con la entidad financiera para evitar la interposición de la demanda.
    En este sentido, se efectuarían renegociaciones de deudas antes de que se pongan en marcha mecanismos judiciales que compliquen aún más la situación desde el punto de vista financiero de la unidad familiar y se proporcionaría asistencia jurídica previa a la apertura de procesos judiciales por impago. Esta búsqueda de acuerdo con la entidad financiera por supuesto deberá venir refrendada por la persona afectada, debiendo dar, en su caso, la conformidad o no al acuerdo alcanzado.
  3. Servicio de asesoramiento, gestión de justicia gratuita y, en su caso, defensa judicial:
    Este servicio irá dirigido a las personas que siendo titulares de un crédito hipotecario y cumpliendo determinados requisitos, hayan dejado de pagar las cuotas correspondientes, y la entidad financiera haya interpuesto demanda de juicio de desahucio y el procedimiento judicial se encuentre en cualquiera de sus fases, incluido el lanzamiento. Estar personas, pese a encontrarse sin recursos económicos, no se les ha concedido justicia gratuita, por los motivos que fueran.
    En esta fase se buscarán posibilidades de anulación del procedimiento o la reducción de la deuda. Se pretende incluso llegar a acuerdos de última hora, de manera excepcional interponiendo incluso recursos excepcionales.
  4. Servicio de información y gestión para el acceso a ayudas económicas no periódicas de carácter social provenientes de la Delegación de Bienestar Social del Ayuntamiento y a ayudas de emergencia social:
    Este servicio irá destinado a la búsqueda de alojamiento urgente y temporal y/o para cubrir gastos destinados al acceso a una vivienda de alquiler, dirigido a las personas que, como consecuencia de un procedimiento judicial por la falta de pago de las cuotas de un crédito hipotecario contraído para la adquisición de su vivienda habitual o por la falta de pago de las rentas del alquiler de su vivienda habitual, se vean obligadas a abandonar su vivienda habitual por haberse dictado una orden judicial de lanzamiento.
    Este servicio, si bien se prestará a través de los Servicios Sociales municipales, contará con la colaboración de la OMDV.

Los servicios y recursos que se ofrecerán serán gratuitos y para obtener más información, así como para acceder a los mismos, las personas interesadas deberán solicitar en las Unidades Sociales una entrevista con el/la Trabajador/a Social correspondiente.

B.      UNIDAD DE MEDIACIÓN.

La mediación más importante la hará directamente la OMDV entre las partes implicadas, buscando quitas a deudas, renegociación de condiciones, novaciones, negociando periodos de carencia durante unos años, daciones en pago, etc.

La OMDV dedicará especial atención a la resolución de problemas de convivencia, tratando de mejorar la relación y convivencia vecinal, potenciando el diálogo y previniendo posibles conflictos. Este servicio se coordinará con los servicios municipales de mediación.

En el caso de las promociones de EMVISESA, cuando el problema sea latente se aplicará el Protocolo de Convivencia.

C.      UNIDAD DE PROTECCIÓN.

Esta unidad prestará su servicio en aquellos casos en los que las acciones anteriores no hayan tenido el éxito deseado. La unidad de Protección llevará a cabo medidas para cubrir las necesidades habitacionales generadas en la ciudad, siempre de la mano de los Servicios Sociales del Ayuntamiento.

Además, este servicio cubrirá atenciones de urgencia, como pueden ser los lanzamientos que se produzcan en la ciudad de Sevilla, y que requieran de atención inmediata y profesional.

Por otra parte, se efectuarán labores de inspección encaminadas a realizar comprobaciones tanto de los inmuebles y zonas comunes como de las unidades familiares o de convivencia que los ocupan, y realizar informes que serán soporte de los informes sociales, así como para los informes de cumplimiento de las obligaciones contraídas por estas unidades familiares o de convivencia.


Quiénes somosObjetivosÁmbito de actuación